Créditos del individuo.
Existen dos caminos a la hora de cerrar el negocio:
1) Que la persona venda su propiedad por el valor de la deuda y salde el préstamo, eso si tiene Equity, pero si no lo posee se puede transferir la deuda al comprador; proceso por el cual este ultimo debe cualificar.
2) Cerrar el negocio y dejar de pagar, yéndose a ley de quiebra, muchos piensan que esta es la mejor solución y la más cómoda, aunque como se menciona en el artíiculo CAIVRS nunca se deja de deberle al gobierno federal, por lo que se debe tener muy en cuenta esto e informarse sobre el proceso, la mayoría de abogados de quiebra desconocen los programas de préstamos de la agencia de Pequeños Negocios de Estados Unidos.
Sea cual fuera su decisión la agencia Certified Development Company que controla el pago de estos préstamos está obligada por ley a notificarle al Departamento del Tesoro cuando se procede a realizar la liquidación del préstamo. Este paso es para notificarles el proceso y ellos darán seguimiento sobre la situación.
El paso siguiente es pagar la deuda del banco, para que SBA que está en segundo término se quede con la propiedad y así cubrir al banco de cualquier pérdida que pudiera llegar a tener. Luego de esto SBA pone en subasta la propiedad y si no se recupera todo el dinero del préstamo se notifica al Internal Revenue Services (IRS) para que proceda al embargo de cualquier propiedad o bienes inmuebles que crean conveniente para cubrir la deuda.
Siempre sea cual sea el estado final, es decir recurrir al IRS o no para el cobro del faltante, siempre se dejará a las personas que garantizaron el préstamo en la lista CAIVRS y no será elegible a ninguna ayuda del gobierno (Plan-8, becas estudiantiles, financiamientos, etc.).
Por eso llegado el momento de cerrar el negocio se debe tener en cuenta cuales son los pasos siguientes a la hora de tomar una decisión.
– Departamento de Enlace – |